¿Cuánto cobra una empleada de hogar?

 

Concepto de empleada del hogar.

¿Qué es una empleada del hogar?

Es empleada de hogar la persona que prestar servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar familiar, realizando alguna de las siguientes tareas:

  • Tareas domésticas.
  • Dirección o cuidado del hogar.
  • Cuidado o atención de los miembros de la familia o de las personas que forman parte del mismo.
  • Trabajos que se desarrollen porque formen parte de las tareas domésticas (como los trabajos de guardería, jardinería, conducción de vehículos y otros parecidos).

Puedes saber más sobre el concepto de empleada del hogar en nuestra guía.

 

Salario a percibir por una empleada de hogar.

¿Qué salario tiene derecho a recibir una empleada de hogar?

Una empleada de hogar tiene derecho a recibir la retribución pactada entre el titular del hogar familiar y la propia empleada.

Ahora bien, no se puede pactar cualquier cosa. Una empleada del hogar que trabaje a jornada completa (es decir, 40 horas semanales) tendrá que cobrar como mínimo la cantidad del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.

En 2019 el SMI está fijado en 900€ a percibir en 14 pagas (o en 1050€ si prorrateamos las dos pagas entre los 12 meses del año). Esto implica que una empleada del hogar contratada por 40 horas semanales tendrá que cobrar como mínimo 900€ en 14 pagas (o si el titular del hogar prefiere prorratear las dos pagas entre los meses del año, 1050€ mensuales), sin perjuicio de que las las partes puedan libremente pactar un salario mayor de esa cantidad.

 

¿Se puede recibir la cantidad del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en especie?

El salario en especie es aquél que se recibe mediante la entrega de cosas diferentes del dinero, y en el caso de las empleadas del hogar lo más habitual es que se haga mediante la manutención o el alojamiento prestado en el domicilio del titular del hogar familiar.

No son pocas las veces que surgen dudas respecto a la posibilidad de que el empleado del hogar se de por cobrado por vivir en el domicilio del titular del hogar. Esto no está permitido porque el empleado de hogar tiene que recibir íntegramente en dinero, al menos, la cuantía total del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), reduciéndose esta cantidad cuando de forma proporcional a la jornada trabajada cuando el empleado de hogar preste servicios a tiempo parcial.

 

Si el titular del hogar familiar me paga en dinero el salario mínimo, ¿puede pagarme el resto en especie?

Aún abonando el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en dinero, y por tanto cumplido el primer requisito, hay otro requisito adicional. El empresario no podrá abonar la totalidad de la parte restante en especie en todos los casos, ya que la legislación establece que la parte abonada en especie no podrá superar el 30% del total de la retribución que le corresponde al empleado del hogar.

 

¿Pueden hacerse retenciones en la nómina de la empleada de hogar a cuenta del IRPF?

Las retenciones a cuenta son los pagos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se hacen de forma anticipada con cargo a la retribución que recibe el trabajador. En el caso de las empleadas de hogar no procede realizar estas retenciones, salvo cuando el pagador (el titular del hogar familiar) satisfaga dicho pago en el contexto de una actividad económica.

 

Derecho a pagas extraordinarias.

¿Tengo derecho a recibir pagas extraordinarias?

Sí. La legislación reconoce el derecho de la empleada del hogar a recibir dos pagas extraordinarias al año, coincidiendo cada una de ellas con el final del semestre.

 

¿De cuánto tiene que ser la cantidad a recibir por pagas extraordinarias?

La cantidad a recibir por la empleada del hogar en concepto de pagas extraordinarias tiene que ser al menos la cantidad del Salario Mínimo Interprofesional (recibiendo la parte proporcional al SMI en el caso de que trabaje a tiempo parcial).

En 2019 el SMI es, como ya hemos indicado, de 900€ mensuales en 14 pagas. Por lo que está más que clara la cantidad a recibir por la empleada del hogar en concepto de pagas extraordinarias: dos pagas de 900€ (1.800€ en cómputo anual).

 

Trabajando a tiempo parcial.

¿Qué cantidad recibe la empleada del hogar que trabaja a tiempo parcial?

Si hemos indicado que la empleada del hogar contratada a tiempo completo (esto es, 40 horas semanales) tiene que recibir como mínimo la cuantía íntegra del Salario Mínimo Interprofesional (900 €), la que trabaje a tiempo parcial (es decir, menos de 40 horas semanales) tendrá que recibir la parte proporcional del Salario Mínimo Interprofesional.

Al efecto se establece la siguiente tabla que nos indica cuál es la parte proporcional del salario Mínimo en relación al número de horas trabajadas, y que constituye la cuantía mínima a recibir por la empleada de hogar.

Horas semanales Salario bruto (12 pagas) Salario bruto (14 pagas)
40 1.050 € 900 € 
38 997,5 € 855 €
35 918,75 € 787,5 €
32 840 € 720 €
30 787,5 € 675 €
28 735 € 630 €
25 656,25 € 562,5 €
22 577,5 € 495 €
20 525 € 450 €
18 472,5 € 405 €
15 393,75 € 337,5 €
12 315 € 270 €
10 262,5 € 225 €
8 201 € 180 €

 

Trabajando por horas.

¿Cómo se calcula el salario cuando me contratan por horas?

Cuando la empleada del hogar se encuentre trabajando por horas, la cantidad a recibir viene determinada por la cuantía por hora trabajada establecida legalmente: 7,04 € por hora.

Para el cálculo del salario a recibir únicamente habrá que multiplicar el número de horas trabajadas por el valor de cada hora establecido en 7,04 €.

El salario por hora indicado es mínimo, por lo que nada impide que las partes puedan pactar uno mayor.

 

¿Por qué es superior el salario por hora que el abonado de otra manera?

Al multiplicar el salario mínimo de 7,04 € por 40 horas semanales vemos que el resultado son 281,6 €, lo que mensualmente hace un total de 1.126 €. Esta cantidad es superior a los 1050€ de salario mínimo que debe abonarse a una empleada de hogar cuando no esté contratada por horas (incluyendo, como ya hemos visto antes, la cuantía de las pagas extraordinarias).

Entonces ¿cobra más una empleada de hogar contratada por horas que una que no lo está?. La respuesta es que no. Una empleada del hogar que no trabaje por horas tiene derecho al disfrute de las vacaciones y a descansar un día y medio a la semana, mientras que una trabajadora contratada por horas tiene incluidos esos conceptos en su retribución al no disfrutarlos físicamente por la escasa duración de su contrato de trabajo (normalmente de unas pocas horas al día o a la semana, ya que tenemos que tener en cuenta que el contrato por horas es un recurso para cubrir puntuales necesidades del titular del hogar familiar, por lo que la necesidad de descanso físico semanales y de vacaciones anuales pierde su esencia en estos supuestos.).

 

Incrementos salariales.

¿Tengo derecho a un incremento de salario?

La empleada del hogar tiene derecho a un incremento anual de la retribución que viniera recibiendo.

Los incrementos salariales a los que tiene derecho la empleada de hogar serán los que se hayan pactado por la misma con el titular del hogar familiar.

Pero en el caso de que no se haya pactado nada, la empleada del hogar tiene derecho a un incremento anual del salario proporcional al incremento medio pactado en los convenios colectivos que hayan sido objeto de publicación, correspondiente al mes en el que se hayan completado doce meses de contratación.

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Comentarios
  • Alta empleados
    Responder

    Por fin, poco a poco, parece que nos damos cuenta de la necesidad de dignificar este sector, con el alta en la Seguridad Social de los empleados del hogar, así como la reciente subida del SMI, sin duda, buenas noticias para los empleados de este sector.

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